La Bioética en el inicio de la vida


La Bioética en el inicio de la vida


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Aspectos bioéticos relacionados con el aborto

En el pasado los métodos de fertilidad se pasaban de manera tradicional, como el uso de cascaras de limón para tapar la cerviz, pero con los avances de la tecnología, los métodos han evolucionado, y han sido motivo de gran debate. El que causa más debate, es el aborto, puesto que, aunque no se considera método anticonceptivo, mucha gente así lo utilizan.
Para hablar sobre este tema se necesita conocimiento de medicina y filosofía, la medicina se orienta a no causar daño y hacer el bien, y la filosofía se basa en saber el lugar que ocupa el hombre en la naturaleza. También es necesario tener conocimiento sobre su historia. En unos inicio el aborto no se penalizaba, el jefe de familia podía vender o matar al niño. La represión comenzó en Roma, por los riesgos que tenía la mujer que lo practicaba, al igual la religión cristiana la veía y ve de manera pecaminosa, incluso la sancionaba con pena de muerte.
Se ve que se trataba de regular esta practica por el alto índice de mortalidad. Pero en los últimos años se ha visto que sin importar si sea legal o no, el numero de aborto que se realizan no ha cambiado
Existen diferentes tipos de legislaciones en las cuales se necesitan ciertos criterios par aborta.
·         Mas liberal. - presentado la solicitud
o   Ejemplos. - Estados Unidos, Canadá, Holanda, Australia, Noruega.
·         La que permite causales amplias. - se hace para proteger la salud y la vida de la mujer, que el embarazo se deba a violación incesto, por daño al bebe o factores socioeconómico.
o   Ejemplos. -Gran Bretaña, Alemania, Italia, España entre otros
·         Mas restrictiva. – se necesita que allá daño fetal o que el embarazo se deba por violación o incesto
o   Ejemplos. -Argentina, Tailandia, México, Arabia Saudita.
·         Aborto terapéutico. -solo para salvar la vida de la mujer
o   Ejemplo. -Indonesia, Irán, Egipto, Venezuela, Nigeria y Afganistán
·         Totalmente prohibitiva
o   Ejemplo. -Colombia, Chile, Honduras, Filipinas, Somalia, Haití.

Desde el punto de vista bioético
Incluso con los cuatro principios (Beneficencia, No Maleficencia, Autonomía y Justicia) el debate del aborto a quedado empatado entre la postura de los que defienden la vida y los que defienden la autonomía de la madre. Este estancamiento se movilizo con la propuesta gradualista, que dice que los embarazos es un proceso que se lleva por partes.

En América Latina
En América Latina la bioética se encuentra fuertemente unida a las creencias religiosas. Esto hace que el aborto se condene como pecado y lo tipifica como delito, tanto a la mujer que aborta como al que la auxilia. Aun así, es la región con la tasa más elevada de abortos. Con estas cifras y a sabiendas de que es ilegal, demuestra que prohibirlo y penalizarlo no lo evita, ni previene y ni lo resuelve. En Cuba, la ciudad de México y en Uruguay siguen el modelo gradualista
Como se ha mencionado la prohibición no terminara con el aborto, solo hace que se convierta en un riesgo, aumentando la mortalidad de las mujeres embarazadas. Desde la perspectiva bioética, asumida en este texto, no se justifica la prohibición del aborto, como darle personalidad al cigoto, o de manera religiosa. Puesto que aun así siempre habrá abortos de manera ilegal.


Bioética y Técnicas de Reproducción Asistida
La Tecinas de reproducción asistida comprenden la Inseminación Artificial, la maternidad sustitutiva, la congelación de embriones y la fecundación “in vitro”. Estas técnicas deben ser abordadas desde una perspectiva bioética pues dan a diversos conflictos que se mencionaran más adelante.
Los avances tecnológicos y científicos dan puerta a medidas que no deben ser tomadas a la ligera, pues esta da a ilimitadas posibilidades a áreas como: ingeniería genética, inseminación artificial, fecundación “in vitro”.
·         Inseminación artificial. – es la inseminación que se logra por medios distintos a la reproducción sexual
·         Maternidad sustitutiva. -se utiliza el útero de otra mujer para llevar acabo el embarazo
·         Congelación de embriones. -consiste en tomar los embriones ya fecundados y en lugar de implantarlos, congelarlos a temperaturas de -1196 C.
·         FIV. – es el procedimiento medico en donde la fecundación se lleva acabo fuera del útero.
Respondiendo a la pregunta de si es licito todo lo que es posible hacer con las nuevas tecnologías, desde un marco ético no todo es éticamente aceptable. Como lo seria:
·         Fecundar óvulos humanos y producir embriones para trasplantes de medula a otro hijo.
·         Fusión de embriones para producir quimeras.
·         Producir embriones para la experimentación con fines militares y de investigación.
·         Como hemos aclarado en este escrito desde el marco religiosos, al igual que el aborto, todas técnicas de reproducción fuera de la sexual son inmorales. Estos fundamentan que estas técnicas rompen los vínculos de la familia, y que el ser humano debe provenir del amor familiar y no con contextos técnicos médico-biológicos.




CLONACIÓN
Clon: es el individuo que procede de un mismo progenitor mediante la reproducción asexual. La reproducción asexual consiste en la producción de descendientes completamente idénticos a partir de un progenitor; puede ser natural o inducida en el laboratorio.
Tipos de embrión: embrión gamético es el originado por la fusión entre óvulo y espermatozoide, es “natural”; embrión somático es el producido en un laboratorio, es “artificial”; embrión implantado en útero materno puede desarrollarse hacia un nuevo ser; embrión en cultivo carece de potencial alguno.
Células madre: células pluripotenciales indiferenciadas que se renuevan a sí mismas indefinidamente y que pueden diferenciarse en cualquier tipo celular.
El término clonación terapéutica se refiere a los métodos utilizados para crear células madre que podrían ser utilizadas para producir tejidos nuevos. Se creó el embrión somático para eliminar el problema de rechazo de injerto por el sistema inmunitario. Se prefiere el uso del término “transferencia de núcleo de célula somática” en lugar de clonación terapéutica para evitar confusiones con la creación de un clon humano. La primera aproximación tecnológica que permitió validar el método de transferencia de núcleo de célula somática fue la creación de la oveja Dolly.
La clonación reproductiva es la utilización de los métodos anteriores para crear seres nuevos idénticos a un molde elegido del que se dispusiera de material biológico viable. Por ejemplo, clonar a Elvis o a Jesucristo o seres queridos fallecidos para que vuelvan a nacer.
La cuestión ética fundamental planteada es que para ciertos sectores de la sociedad el embrión tiene un valor intrínseco desde la fecundación. No se debería crear ningún embrión que no tuviera como fin en sí mismo una nueva persona y nunca una nueva persona podría ser creada como medio para otro fin. Por el otro lado, nadie puede saber o, al menos, que hoy no se sabe qué es en realidad un cigoto o embrión de pocos días. Es un misterio si la humanidad reside o no en estas células y, por lo tanto, merecerían el respeto como seres humanos hasta que se demuestre lo contrario.

REPRODUCCIÓN ASISTIDA
La reproducción asistida es un conjunto de técnicas que otorgan la posibilidad de ser padres, biológicamente, a algunas personas que sin la ayuda de estos adelantos biotecnológicos no habrían tenido descendencia.
La personalidad jurídica es determinada por el nacimiento, es de señalar que el embrión no posee derechos. Derechos solo poseen las personas. El embrión es un bien jurídicamente protegido, pero no puede considerársele una persona ni un individuo y no posee la titularidad de derechos fundamentales. La vida es un derecho fundamental ligado al nacimiento.
Toda intervención sobre el embrión o el feto tiene que estar encaminado a su bienestar.
La sociedad debe decidir si el derecho a la vida implica también el reconocimiento del derecho a crear vida y cuáles son los límites que hay que tomar en consideración en tal sentido.

MATERNIDAD SUBROGADA
La relación jurídica se establece con el reconocimiento de la mujer a su hijo como suyo. Subrogar o sustituir son sinónimos: “sustituta es la persona que hace las veces de otra”; poner a una persona o cosa en el lugar de otra, jurídicamente lo que remplaza son los derechos y deberes de una persona.
El concepto de esterilidad es la incapacidad de una pareja para lograr la concepción. En cuanto a la infertilidad es la imposibilidad de llevar a término el producto concebido que en un momento dado puede ser corregido.
Se entiende por maternidad subrogada: “El acto productor que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pato o compromiso mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido a favor de otra mujer que fungirá como madre de éste”.
La maternidad subrogada puede tener diversas modalidades. De acuerdo con la aportación de los gametos:
·         Subrogación total: La mujer contratada es inseminada aportando sus propios óvulos, y después de la gestación y el parto entrega el hijo al padre biológico.
·         Subrogación parcial: La gestadora es contratada exclusivamente para portar en su vientre un embrión fecundado in vitro que le ha sido trasplantado, que proviene de la unión de espermatozoide y óvulo de la pareja contratante.
De acuerdo con el fin de la madre gestadora:
·         Subrogación altruista: la madre gestadora acepta llevar a cabo el procedimiento de manera gratuita, por lazos de amor, amistad o parentesco con la pareja contratante y se combina con la subrogación parcial.
·         Subrogación por un precio: En algunos países es posible contratar a una madre gestadora.
El artículo cuarto constitucional dispone que toda persona deba decidir sobre el número y espaciamiento de los hijos que desea tener, pero debe ser de manera libre e informada. Se refiere a la libertad de decidir si se tiene o no descendencia, número de hijos y acerca de la planificación de la familia.



INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE MATERNIDAD SUBROGADA DEL DISTRITO FEDERAL

El artículo 2o. de la iniciativa establece que este procedimiento se realizará sin fines de lucro para los padres y la mujer gestante, con ello se plantea que no se trate de una renta de úteros, sino de un procedimiento que busca que una pareja pueda tener descendencia.
La voluntad debe ser indubitable y expresa, establece que será nulo el instrumento cuando exista algún vicio de la voluntad, pero esta nulidad no exime de las responsabilidades adquiridas.
La cosificación del cuerpo de la mujer que significa prestar su vientre para que otros sean los padres o madres del niño que gesta, así como el hecho de que este tipo de prácticas diluyan, hasta hacerlo casi irreconocible, el concepto de maternidad tal y como es concebido en nuestra cultura occidental, generan no pocas opiniones contrarias a esta práctica en las que, curiosamente, con frecuencia convergen las posturas de los grupos más conservadores con los que se proclaman defensores más encarecidos de los derechos de la mujer.
La maternidad subrogada es rechazada actualmente en la casi totalidad de los países del mundo, por considerarse moralmente inaceptable, entre otras cuestiones por la fuerte carga utilitarista que conlleva, por el ánimo de lucro que puede motivarla y porque sería como una especie de compraventa oculta de recién nacidos o una incitación a su tráfico comercial, lo cual consideramos como algo totalmente inadmisible.
En ética, como disciplina práctica, no podemos adoptar posiciones radicales ni extremas, pues como bien indicó Aristóteles, la solución más prudente suele estar en el medio.




Autor del resumen: Antero Saldivar (Médico en Formación en UA de Bioética)

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