Desafíos bioéticos y legales en la donación y trasplante de órganos.

Desafíos bioéticos y legales en la donación y trasplante de órganos.

La donación de órganos es un acto de generosidad capaz de salvar vidas y mejorar la calidad de muchas personas con enfermedades graves. En enero de 2024, más de 20,000 personas en México esperaban un trasplante, siendo el riñón el órgano más solicitado1. Este dato refleja la creciente demanda de órganos y la importancia de abordar el tema desde una perspectiva bioética y legal.

La importancia del consentimiento informado

El consentimiento informado es un pilar fundamental en el proceso de donación de órganos, garantizando que los donantes comprendan a fondo los riesgos y beneficios involucrados. La bioética exige el respeto a la autonomía del donante, asegurando que sus decisiones sean voluntarias, justas y no coercitivas.2 En México, este consentimiento está regulado por la Ley General de Salud, que establece que debe ser escrito y firmado por el donante o su representante legal.3,4 Sin embargo, los desafíos como la complejidad médica y la posible presión social evidencian la necesidad de mejorar los métodos de comunicación, para que los potenciales donantes comprendan completamente las implicaciones de su decisión.

Definición de muerte y su relación con los trasplantes

La muerte es un fenómeno irreversible que marca el final del ciclo vital de todo ser viviente, incluyendo al ser humano. Sin embargo, su definición y límites no son siempre precisos. Según el artículo 343 de la Ley General de Salud (LGS), la pérdida de la vida se considera cuando ocurre la muerte encefálica o el paro cardíaco irreversible.2 Pierre Teilhard de Chardin describió la muerte como “el resumen y la consumación de todas nuestras disminuciones; una debilidad incurable de los seres corporales,” reflejando la visión de que la muerte es el desenlace inevitable de la fragilidad inherente a la condición física.5
Las familias a menudo encuentran difícil aceptar la muerte encefálica, ya que el cuerpo del paciente puede mantenerse caliente y presentar signos externos de vida gracias al soporte vital. Este hecho puede generar una desconexión emocional entre lo que ven y la realidad del diagnóstico, lo que complica la aceptación de la pérdida. Para garantizar que el diagnóstico de muerte encefálica se realice de manera ética, es fundamental que el proceso sea objetivo, transparente y libre de influencias relacionadas con la urgencia de procuración de órganos. La independencia del diagnóstico asegura que las decisiones se tomen respetando tanto los derechos del paciente como la situación emocional de sus seres queridos. Según el caso, también se debe brindarles la oportunidad de considerar la donación de órganos como una forma de ayudar a otras personas.6,7

El comercio de órganos y la explotación de los donantes

El comercio de órganos se refiere a la compra y venta de órganos humanos destinados a trasplantes, una práctica que suscita graves preocupaciones éticas.
Es una práctica prohibida por la Ley General de Salud en México, la cual fomenta la donación altruista como un acto de solidaridad.2  Esta actividad ilegal plantea graves dilemas éticos, ya que explota a personas vulnerables y mercantiliza el cuerpo humano, afectando la dignidad y equidad en el acceso a la salud.8 Aunque algunos argumentan que regularlo podría aumentar la disponibilidad de órganos y proteger a los donantes, la comercialización sería difícil de controlar y fomentaría el tráfico de órganos. Se debe de dar prioridad a la promoción  de la donación altruista y educar sobre los riesgos del comercio de órganos.

Asignación de órganos: un proceso equitativo

La asignación de órganos es un proceso complejo que debe ser justo y transparente, basado en criterios como la gravedad de la enfermedad, compatibilidad y esperanza de vida del paciente, sin discriminar por situación social o económica. En México, la Ley General de Salud y el Centro Nacional de Trasplantes regulan este proceso, apoyado por listas de espera y comités intrahospitalarios independientes.1, 2 El procedimiento sigue una secuencia desde el hospital generador hasta la disposición nacional, respaldado por la OMS.9,10 Los principios bioéticos de justicia, equidad, beneficencia y no maleficencia deben guiar este proceso, garantizando acceso equitativo y respetando la dignidad de los pacientes.

Xenotrasplantes: el futuro de la medicina

Los xenotrasplantes, es decir, el trasplante de órganos de animales a humanos, representan una opción médica prometedora ante la escasez de donantes humanos. Sin embargo, también generan inquietudes éticas en torno a la seguridad, el bienestar animal y los riesgos zoonóticos, es decir, la transmisión de enfermedades de animales a humanos.11, 12 Aunque aún se encuentran en etapas experimentales, los xenotrasplantes podrían revolucionar el campo de los trasplantes en el futuro. No obstante, es necesario avanzar con cautela, llevando a cabo investigaciones exhaustivas y estableciendo marcos regulatorios claros que garanticen la seguridad y la ética en su aplicación.

Te invitamos a convertirte en donador voluntario y ayudar a salvar vidas. Regístrate de manera sencilla aquí y forma parte de este noble gesto que puede marcar la diferencia para quienes más lo necesitan.

¡Tu decisión puede dar una nueva oportunidad!


Dr. Heber Rodríguez Ondarza

Residente de la especialidad de Medicina Familiar

1. Centro Nacional de Trasplantes. (2024, 11 enero). Estadísticas sobre donación y trasplantes. gob.mx. https://www.gob.mx/cenatra/documentos/estadisticas-50060
2. Ley General de Salud, Reformada, Diario Oficial de la Federación [D.O.F.], 03 de enero del 2024, (México).
3. Secretaría de Salud, Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes, Diario Oficial de la Federación, 26 de marzo de 2014.
4. Secretaria de Salud. (2021). Manual de Procedimientos de Donación y Trasplantes 2021. http://www.hraev.salud.gob.mx/contenidos/2021/manual_de_donacion_y_trasplantes_2021_20211206_0925.pdf
5. Montes, J. J. M. (2003). El pensamiento de la muerte en Heidegger y Pierre Theilhard de Chardin. Utopía y Praxis Latinoamericana: Revista Internacional de Filosofía Iberoamericana y Teoría Social, 8(21), 59-72. https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2731211.pdf
6. Moreira Cinque, V., & Ferraz Bianchi, E.R.. (2009). La receptividad de la noticia de muerte encefálica en los familiares de donantes de órganos y tejidos para trasplante. Enfermería Global, (16) Recuperado en 31 de octubre de 2024, de http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1695-61412009000200028&lng=es&tlng=es.
7. González, R., Palacios, J. M., Jiménez, O., Rodríguez, M. S., Vásquez, P., & González, F. (2001). Familiares de pacientes en muerte encefálica: actitudes frente a la muerte y donación de órganos. Bol. Hosp. San Juan de Dios, 381-386. https://pesquisa.bvsalud.org/portal/resource/pt/lil-310205
8.Chaparro, G. (2016). El mercado de órganos humanos. Semestre Económico, 19(39), 113-130. https://doi.org/10.22395/seec.v19n39a5
9. Pérez Pacheco, A. I., & Pérez Pacheco, V. (2022). Dilemas bioéticos en trasplante de córnea: su importancia en México y alrededor del mundo en 2021. Oftalmología Clínica y Experimental, 15(2), 104-114.
10. Organización Mundial de la Salud. (2009, marzo). Trasplante de órganos y tejidos humanos. https://apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/A62/A62_15-sp.pdf
11. Cengiz, N., & Wareham, C. (2020). Ethical considerations in xenotransplantation: a review. Current Opinion In Organ Transplantation, 25(5), 483- 488. https://doi.org/10.1097/mot.0000000000000796
12. Cantú-Quintanilla, G., Alberú-Gómez, J., Medeiros-Domingo, M., Reyes-Acevedo, R., & Aguiñaga-Chiñas, N. (2023). Aspectos éticos en xenotrasplantes. El camino recorrido. Revista Mexicana de Trasplantes, 12(2), 106-109. https://doi.org/10.35366/111727

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